Solicita Carlos de la Fuente revisión urgente del daño al drenaje por construcción de Línea 4

Solicita Carlos de la Fuente revisión urgente del daño al drenaje por construcción de Línea 4

El Diputado Carlos de la Fuente Flores solicitó a la Auditoría Superior del Estado la revisión urgente de los daños en el drenaje pluvial generados por la construcción de la Línea 4 del Metro y que se finquen las responsabilidades correspondientes en caso de que se haya cometido el delito de negligencia.

El Coordinador de Diputados Locales de Acción Nacional, entregó un oficio al Auditor General del Estado de Nuevo León, Alejandro Reynoso Gil.

En el documento se solicita se lleve a cabo una revisión detallada y exhaustiva de la problemática y que se finquen las responsabilidades correspondientes si así lo amerita el caso.

“Se solicita una revisión urgente de la situación generada por la construcción de la Línea 4 del Metro, ante la posible afectación al sistema de drenaje pluvial existente y el consecuente riesgo de inundaciones en la zona de influencia de la obra, lo anterior debido a que se representa una posible vulneración al principio de prevención de riesgos urbanos y a la integridad de la infraestructura hidráulica pública, lo que amerita una intervención inmediata de las autoridades competentes para evaluar los impactos y establecer medidas correctivas”, señala el documento.

Al exigir la intervención inmediata de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, a fin de que, en el ámbito de sus atribuciones y conforme a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, lleve a cabo una revisión técnica, financiera, jurídica y ambiental integral sobre el desarrollo del proyecto de la Línea 4 del Metro, incluyendo de manera específica ocho puntos:

En primera instancia, la verificación del trazo de obra autorizado conforme al proyecto ejecutivo aprobado.

También, la existencia y contenido de los estudios de obras inducidas y obras de infraestructura preexistentes.

El tercer punto solicitado es la realización de levantamientos técnicos de infraestructura hidráulica y de servicios en la zona de ejecución.

Además, la revisión de la bitácora de obra como instrumento técnico-legal del desarrollo y modificaciones del proyecto.

Asimismo, se pide la información de las estimaciones de trabajo ejecutado y su correspondencia con lo físicamente construido.

Y los estudios de impacto ambiental y su congruencia con la normatividad aplicable.

También se solicita informes sobre la existencia de autorizaciones emitidas por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) o la autoridad competente para la intervención dentro del cauce del río Santa Catarina.

Y, finalmente y especialmente, la determinación de si existió una autorización formal de la autoridad hidráulica competente para intervenir, obstruir o modificar el colector pluvial que atraviesa la zona afectada.

También en el oficio se señala que, además de la revisión fiscalizadora requerida a la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, se exige al Ente Público responsable de la ejecución de la Línea 4 del Metro que, de forma inmediata, presente y ejecute un proyecto de mitigación y corrección de interferencias hidráulicas, a fin de resolver de manera urgente los puntos de conflicto generados por pilotes y demás estructuras que invaden la sección hidráulica del sistema pluvial afectado.

Por ello, se requiere la asignación presupuestal específica e inmediata para la adecuación, reconfiguración o restitución del sistema de drenaje pluvial afectado.

Asimismo, la evaluación integral de riesgos y afectaciones tanto al sistema pluvial como a la propia cimentación de la Línea 4 del Metro.

También se pide la presentación de los estudios actualizados de impacto ambiental, conforme a las leyes en la materia.

Además, la elaboración y ejecución de un proyecto de rehabilitación hidráulica que asegure la restitución completa de la capacidad del colector.

Como quinto punto la revisión estructural detallada de los pilotes que invaden la sección hidráulica, a fin de determinar su estabilidad, legalidad y factibilidad de retiro o reubicación.

Y, finalmente, en su caso, la obtención de autorización formal por parte de la autoridad hidráulica competente para la modificación del trazo del ducto pluvial y su desembocadura, conforme a lo previsto en la legislación aplicable.

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